Lunes, 6. Junio 2016
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Para aquellos recibos del Impuesto sobre Bienes Inmuebles (Urbana y Rústica) que estuvieran domiciliados se pasaría al cobro el 50% del importe el 6 de junio y el 50% restante el 6 de octubre (salvo que se hubiera dado orden de pagarlo en un solo plazo, en cuyo caso se cargaría el importe total el 6 de junio).