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Consideraciones sobre las antenas de telefonía móvil y postura oficial del Ayuntamiento de Ávila

Consideraciones sobre las antenas de telefonía móvil y postura oficial del Ayuntamiento de Ávila en respuesta a la demanda de información por parte de los ciudadanos.

El continuo aumento de antenas de telefonía móvil tiene su origen en el creciente número de usuarios y los servicios de datos avanzados que estos demandan.

Cada antena de telefonía móvil dispone de un número limitado de conexiones que puede atender, es decir teléfonos móviles. Al aumentar el número de usuarios llega un momento en que la antena se satura y no es posible establecer nuevas comunicaciones o bien estas se degradan. La única solución consiste en instalar nuevas antenas para atender la demanda existente en esa zona de cobertura o celda.

Características de las emisiones de telefonía móvil.

En una antena típica de telefonía móvil la emisión radioeléctrica se efectúa hacia el frente y en horizontal, en un haz que abarca un sector entre 60 y 120 grados. Las emisiones son casi inexistentes en el resto de direcciones, por tanto la instalación de una antena de telefonía móvil en la azotea de un edificio apenas produce emisiones bajo el mismo.

Las emisiones de telefonía móvil se sitúan típicamente en la banda entre 800MHz y 2000MHz, es decir, se solapan prácticamente con las emisiones de TDT y WIFI doméstico, presentes en nuestros hogares.

Se trata pues de emisiones no ionizantes, es decir, de baja potencia y frecuencia.

La potencia máxima recomendada por la comunidad Europea (1999/519/CE) es de 10 W/m2

En España, sin embargo, este límite se rebaja hasta 4.5w/m2 (RD 1066/2001). A su vez los operadores autolimitan la potencia de las emisiones a un máximo de 2 W/m2, siendo los valores típicos en las proximidades de las estaciones de 0.1 W/m2, es decir, las emisiones están actualmente muy por debajo de las recomendaciones de la CE.

Las antenas de telefonía móvil suelen instalarse sobre elementos que las elevan, como torres o mástiles, o también directamente sobre edificios. En la práctica en una misma ubicación se suelen instalar varias antenas sectores, que emiten en ángulo de entre 60º-120º,  para dar cobertura circular.

La actual legislación no establece limitación alguna sobre la distancia que han de guardar las antenas de telefonía móvil sobre las viviendas.

Una menor distancia entre teléfonos móviles y antenas permite que los sistemas reduzcan las emisiones de ambos, disminuyendo los niveles de emisión y mejorando la calidad de las comunicaciones.

En contra de la opinión muy extendida sobre la conveniencia de alejar las antenas de las áreas urbanas, esta práctica  no resulta apropiada, debido a que:

   - Obliga a las antenas a emitir a elevada potencia para dar cobertura en la ciudad.

   - Obliga  a su vez los terminales móviles  a emitir también a mayores potencias, para poder alcanzar a su vez la antena a la que está conectado.

En definitiva, alejar la antena ocasiona un incremento de los niveles de exposición.

La línea de trabajo del Ayuntamiento de Ávila coincide en este sentido con la recomendada por los expertos, que proponen aumentar la densidad o número de antenas en las poblaciones pero con unos niveles de emisión –potencia- significativamente menores.

Debe quedar claro que, según las autoridades competentes, no se ha identificado, hasta el momento, ningún mecanismo biológico que muestre una posible relación causal entre la exposición a campos electromagnéticos y el riesgo de padecer enfermedad alguna.

No obstante la OMS (Organización Mundial de la Salud) está en continua observación sobre los efectos que los Campos Electromagnéticos puedan producir sobre los seres vivos.

A los valores de potencia de emisión actuales, a las distancias calculadas en función de los criterios de la Recomendación del Consejo de Ministros de Sanidad de la Unión Europea de 12 de julio de 1999, que son los recogidos en el ordenamiento jurídico español por el Real Decreto 1066/2001,  y sobre las bases de la evidencia científica disponible, las antenas de telefonía y los terminales móviles no representan un peligro para la salud.

Medidas de prevención recomendadas por El Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad:

Promover un uso racional de los teléfonos móviles, particularmente en grupos de especial atención (niños, adolescentes o portadores de implantes activos, entre otros) con objeto de reducir exposiciones innecesarias a los campos electro magnéticos.

Transparencia de la información.

La ubicación y características de las antenas instaladas en el municipio de Ávila, puede encontrase en la siguiente web del Ministerio de Industria, Energía y Turismo

INFOANTENAS: https://geoportal.minetur.gob.es/VCTEL/vcne.do

Autoridades competentes.

En función de lo dispuesto en el Real Decreto 1066/2001, de 28 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento que establece condiciones de protección del dominio público radioeléctrico, restricciones a las emisiones radioeléctricas y medidas  de protección sanitaria frente a emisiones radioeléctricas, el reparto competencial en la materia es el siguiente:

Ámbito Estatal

Los Ministerios competentes en la materia son:

·         Ministerio de Industria, Energía y Turismo (Secretaría de Estado de Telecomunicaciones y para la Sociedad de Información)

Responsable de autorizar las nuevas instalaciones así como inspeccionar periódicamente las condiciones de funcionamiento de las mismas.

·         Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad (Subdirección General de Sanidad Ambiental y Salud Laboral), en coordinación con las Comunidades Autónomas.

Responsable de realizar la evaluación sanitaria en relación con la exposición del público en general a las emisiones radioeléctricas.

Ámbito autonómico:

- Las Comunidades Autónomas podrán solicitar información al Ministerio  de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, y se coordinarán con el mismo, en todo  lo  concerniente  a los criterios  y  evaluación  sanitaria de riesgos derivados de las emisiones radioeléctricas.

Ámbito local:

- Los Ayuntamientos tramitan exclusivamente las preceptivas licencias municipales de instalación

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