Declaración. Impuesto sobre el incremento de valor de los terrenos de naturaleza urbana
Descripción: Los sujetos pasivos vendrán obligados a presentar ante el Ayuntamiento declaración del impuesto. Dicha declaración deberá ser presentada en los siguientes plazos, a contar desde la fecha en que se produzca el devengo del impuesto: a) Cuando se trate de actos ínter vivos, el plazo será de treinta días hábiles. b) Cuando se trate de actos por causa de muerte, el plazo será de seis meses prorrogables hasta un año a solicitud del sujeto pasivo. (Artículo 110 TRLHL). Si se presenta la declaración fuera de plazo, el sujeto pasivo incurrirá en los recargos por declaración extemporánea del artículo 27 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria.
Interesados. ¿Quién lo puede solicitar?: El sujeto pasivo según el art. 106 TRLHL.
¿Dónde se tramita?: En Servicios Económicos. La documentación se presenta: - En el Registro General o en cualquiera de los lugares que señala el art 16.4 de la Ley 39/2015, de octubre de 2015, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; - En la sede electrónica del Ayuntamiento.
Documentación a presentar: - Declaración IIVTNU; - Copia del documento en el que conste el acto o contrato que origina la imposición; - Copia del título que documente la adquisición anterior.
Marco legal: - Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales (TRLHL). - Ordenanza fiscal reguladora Impuesto sobre el incremento de valor de los terrenos de naturaleza urbana de este Ayuntamiento.
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