Junta de Gobierno Local
Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.
Artículo 126. Organización de la Junta de Gobierno Local.
1. La Junta de Gobierno Local es el órgano que, bajo la presidencia del Alcalde, colabora de forma colegiada en la función de dirección política que a éste corresponde y ejerce las funciones ejecutivas y administrativas que se señalan en el artículo 127 de esta Ley.
1º Semestre 2009 (25)
1º Semestre 2010 (24)
1º Semestre 2011 (21)
1º Semestre 2013 (26)
1º Semestre 2014 (25)
1º semestre 2015 (22)
1º Semestre 2016 (25)
1º Semestre 2017 (24)
1º Semestre de 2012 (24)
2º Semestre 2008 (16)
2º Semestre 2009 (21)
2º Semestre 2010 (21)
2º Semestre 2011 (16)
2º Semestre 2012 (18)
2º Semestre 2013 (19)
2º Semestre 2014 (19)
2º Semestre 2015 (19)
2º semestre 2016 (20)
2º semestre 2021 (22)
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